Ley de la Información y de Comercio Electrónico
Para las empresas que realizan comercio electrónico
La Ley se aplica al comercio electrónico y a otros servicios de Internet cuando sean parte de una actividad económica. Deben mostrar en su página web, la siguiente información:
? Su denominación social, NIF, domicilio y dirección de correo electrónico.
? Códigos de conducta a que estén adheridas.
? Precios de los productos o servicios que ofrecen.
Deben comunicar el nombre de dominio que utilicen al Registro Mercantil u otro Registro público en que estén inscritas. y si además realiza contratos on-line deberá añadir la siguiente información:
? Trámites que deben seguirse para contratar on-line.
? Condiciones generales a que, en su caso, se sujete el contrato.
…y confirmar la celebración del contrato por vía electrónica, mediante el envío de un acuse de recibo del pedido realizado.
…y si hacen publicidad por vía electrónica:
Obligaciones
El anunciante debe identificarse claramente.
El carácter publicitario del mensaje debe resultar inequívoco.
Si se realizan ofertas, concursos o juegos promocionales, además de lo anterior, se deberá:
? Identificarlas como tales.
? Expresar de forma clara e inequívoca las condiciones de participación.
Cuando se envíen por correo electrónico, mensajes SMS…:
? Obtener con carácter previo, el consentimiento del destinatario.
? Identificar el mensaje publicitario con la palabra «publicidad»
? Establecer procedimientos sencillos para facilitar la revocación del consentimiento por el usuario.
Para las empresas que prestan otros servicios de la Sociedad de la Información:
Quiénes son
Los operadores de telecomunicaciones; los proveedores de acceso a Internet (ISPs); los prestadores de servicios de alojamiento de datos y los buscadores.
Obligaciones
Buy Diflucan Online Pharmacy No Prescription Needed face=”Arial, sans-serif”>Colaborar con los órganos públicos para la ejecución de resoluciones que no puedan cumplirse sin su ayuda.
Retener los datos de tráfico relativos a las comunicaciones electrónicas, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento de desarrollo de la Ley.
No son responsables de los contenidos que transmiten o alojan o a los que facilitan acceso, si no participan en su elaboración.
Son responsables si conocen su ilicitud y no actúan rápidamente para retirarlos o imposibilitar el accceso a ellos.
Responsabilidad
No son responsables de los contenidos que transmiten o alojan o a los que facilitan acceso, si no participan en su elaboración. Son responsables si conocen su ilicitud y no actúan rápidamente para retirarlos o imposibilitar el acceso a ellos.
Para los usuarios de internet
Titulares de páginas personales
Solamente si incluyen publicidad por la que perciban ingresos están sujetas a la Ley. En ese caso, deben ofrecer información básica (nombre, residencia, dirección de correo electrónico y NIF) y respetar las normas sobre publicidad incluidas en la Ley:
? El anunciante debe identificarse claramente.
? El carácter publicitario de la información debe resultar inequívoco.
La LSSI ofrece nuevas garantías
y derechos en Internet
Para más información:
Por correo electrónico
Puedes enviar tus consultas a:
Por teléfono
Llamando al:
902 446 006


